LA HABANA, 20 DE ABRIL DE 2022
Informe de Cuba en virtud de la resolución 74/7 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”
Autor: Redacción Digital | internet@granma.cu
1. Continuidad y recrudecimiento de la política de bloqueo . 6
1.1 Vigencia de las leyes del bloqueo. 6
1.2 Principales acciones del bloqueo adoptadas entre abril de 2019 y marzo de 2020. 8
1.3 Aplicación de la Ley Helms-Burton. Demandas presentadas. 11
2. El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano . 14
2.1 Afectaciones en los sectores de mayor impacto social. 14
2.2 Afectaciones al desarrollo económico . 23
3. Afectaciones al sector externo de la economía cubana . 31
3.2 Afectaciones al sector bancario y financiero. 34
4. El bloqueo viola el Derecho Internacional. Aplicación extraterritorial. 38
5.1 Oposición dentro de los Estados Unidos. 42
5.2 Oposición de la comunidad internacional. 50
El presente informe abarca el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020, marcado por un serio retroceso en las relaciones bilaterales Cuba-Estados Unidos (EE.UU.) y un progresivo recrudecimiento del bloqueo económico, comercial y financiero.
En este período, las numerosas regulaciones y disposiciones emitidas por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba alcanzaron niveles de hostilidad sin precedentes. La posibilidad de establecer demandas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton; el incremento de la persecución de las transacciones financieras y comerciales de Cuba; la prohibición de vuelos desde EE.UU. hacia todas las provincias cubanas, con excepción de La Habana; la persecución e intimidación a las empresas que envían suministros de combustible a Cuba, y l a campaña de descrédito contra los programas de cooperación médica cubana , constituyen algunos de los ejemplos más distintivos.
Durante este período y en contravención de lo dispuesto por la resolución 74/7 de la Asamblea General y de muchas que le han antecedido, se registraron alrededor de 90 acciones y medidas económicas coercitivas impuestas por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba, con la intención de intervenir en los asuntos internos del país y en franco menoscabo de la libertad de comercio y navegación internacionales. De ese total, alrededor de la mitad fueron acciones concretas de bloqueo, que incluyeron multas y otros tipos de sanciones contra entidades estadounidenses o de terceros países, inserción de empresas cubanas en listas unilaterales, prorrogación de leyes y proclamas sobre el bloqueo, anuncios relacionados con la aplicación de los Títulos III y IV de la Ley Helms-Burton y cambios regulatorios. Otro grupo de medidas evidenció la aplicación extraterritorial del bloqueo o se correspondió con decisiones del Departamento de Estado contra nuestro país.
Resultan particularmente alarmantes los 5 paquetes de medidas adoptados en 2019 en función de vigilar e imponer medidas de castigo contra las empresas, buques y navieras que transportan combustibles hacia Cuba. En este sentido, se impusieron sanciones ilegítimas contra 27 compañías, 54 embarcaciones y 3 individuos vinculados al sector, ninguna de ellas de origen estadounidense o sujetas a la jurisdicción de ese país. Estas acciones agresivas del gobierno dpo de paz. Se trata de una nueva violación abierta y brutal de las normas y principios en los que se sustenta el sistema de relaciones internacionales, incluidas las normas internacionales del comercio. El gobierno estadounidense se ha dedicado a amenazar y chantajear a las empresas que suministran combustibles a Cuba, y ae EE.UU. constituyen un salto cualitativo en el recrudecimiento y aplicación de medidas no convencionales en tiem las que se dedican a su transporte internacional, sin contar para ello con autoridad jurídica o moral alguna.
Todas estas medidas impactan fuertemente en las actividades económicas de Cuba, en particular, las relacionadas con operaciones de comercio exterior y las inversiones extranjeras. Esta situación ha obligado a Cuba a adoptar medidas coyunturales de emergencia, solo posibles en un país organizado, con una población unida y solidaria, dispuesta a defenderse de la agresión extranjera y a preservar la justicia social alcanzada. Las acciones emprendidas están encaminadas a impulsar la economía cubana y mitigar los efectos del bloqueo. Entre estas se incluyen más de veinte disposiciones encaminadas a fortalecer la empresa estatal socialista.
Ningún ciudadano o sector de la economía cubana escapa de las afectaciones derivadas del bloqueo, cual entorpece el desarrollo que cualquier país tiene derecho a construir de manera soberana. Es por ello que esta política unilateral constituye el principal obstáculo para la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de Cuba hasta 2030 (PNDES), así como para la consecución de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Para los cubanos residentes en el exterior, las regulaciones del bloqueo también constituyen obstáculos cotidianos. Se les impide abrir cuentas bancarias, utilizar determinadas tarjetas de crédito o realizar transacciones con normalidad, solo por poseer la nacionalidad cubana.
Como parte de su escalada agresiva, el gobierno de los EE.UU. también ejerció fuertes presiones sobre un grupo de países, particularmente de América Latina y el Caribe, con el objetivo de desmembrar el apoyo al proyecto de resolución contra el bloqueo presentado por Cuba ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, los días 6 y 7 de noviembre de 2019. A pesar de estas maniobras y chantajes, el resultado de la votación demostró, una vez más, el apoyo abrumador de la comunidad internacional a la causa cubana.
El bloqueo constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos humanos de todas las cubanas y cubanos. Por su declarado propósito y el andamiaje político, legal y administrativo en el que se sustenta, califica como un acto de genocidio a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948.
Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020, el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de los 5 mil 570.3 millones de dólares . Esto representa un incremento de alrededor de mil 226 millones de dólares con respecto al período anterior. Por primera vez, el monto total de las afectaciones ocasionadas por esta política en un año rebasa la barrera de los cinco mil millones de dólares, que ilustra hasta qué punto se ha intensificado el bloqueo en esta etapa. L as afectaciones calculadas no contemplan las acciones del gobierno de los EE.UU. en el contexto de la pandemia de la COVID-19, debido a que exceden el cierre del período analizado .
A precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política ascienden a 144 mil 413.4 millones de dólares . Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de un billón 98 mil 8 millones de dólares. Este valor representa un crecimiento del 19 por ciento con respecto al período anterior, como resultado del incremento de la elevación del precio del oro en un 18.3 por ciento.
En este contexto, el azote de una pandemia global como la COVID-19 ha supuesto retos notables para Cuba, y los esfuerzos del país para combatirla se han visto sensiblemente limitados por las regulaciones del bloqueo estadounidense. El carácter genocida de esta política se ha reforzado en medio del enfrentamiento al nuevo coronavirus, puesto que el gobierno de los EE.UU. se ha valido de ella, y en particular de su componente extraterritorial, para privar deliberadamente al pueblo cubano de ventiladores pulmonares mecánicos, mascarillas, kits de diagnóstico, gafas protectoras, trajes, guantes, reactivos y otros insumos necesarios para el manejo de esta enfermedad. La disponibilidad de estos recursos puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte para los pacientes portadores del virus, así como para el personal de la salud que los atiende.
Lo anterior no ha sido suficiente para el gobierno estadounidense, que también se ha lanzado en una cruzada para intentar desacreditar y obstaculizar la cooperación médica internacional que Cuba ofrece, divulgando calumnias y llegando al extremo de exigir a otros países que se abstengan de solicitarla, incluso en medio de la emergencia sanitaria creada por la COVID-19 en el mundo.
A pesar de sus acciones, el gobierno de los EE.UU. no ha podido evitar que hasta el 1ro de julio de 2020, más de 3 mil colaboradores cubanos, organizados en 38 brigadas médicas, contribuyan en la lucha contra esta pandemia en 28 países y 3 territorios no autónomos. A estos esfuerzos se han sumado también los más de 28 mil profesionales cubanos de la salud que ya se encontraban brindando sus servicios en 59 naciones antes de la COVID-19.
A las acciones anteriores se suma el ataque terrorista perpetrado contra la Embajada de Cuba en los EE.UU., el 30 de abril de 2020. El silencio cómplice del gobierno de los EE.UU. y la incapacidad de denunciar o pronunciarse públicamente ante este acto terrorista, evidencian su compromiso con la instigación a la violencia y los mensajes de odio contra Cuba y sus nacionales, conducta que estimula la ejecución de actos de esta naturaleza. La pasividad política del gobierno de los EE.UU. ante un ataque con fusil de asalto contra una misión diplomática en la capital del país pone en entredicho el cumplimiento de sus obligaciones en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 1961.
El 12 de mayo de 2020, el Departamento de Estado de EE.UU. notificó al Congreso su decisión de listar un grupo de países, incluida Cuba, entre los certificados bajo la Sección 40A (a) de la Ley de Control de Exportación de Armas como "países que no cooperan completamente" con los esfuerzos antiterroristas de EE.UU durante el 2019. Con esta acción, el gobierno estadounidense pretende esconder su historial de terrorismo de Estado contra Cuba, que ha sido un instrumento permanente de su política agresiva hacia la Isla.
En la actual coyuntura, en la que la humanidad enfrenta una crisis económica y social acentuada por la pandemia de la COVID-19, cuyas dimensiones nadie es capaz de vaticinar con certeza, se impone con más razón que nunca, que la comunidad internacional exija el levantamiento del bloqueo impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba, cual constituye el sistema de medidas coercitivas unilaterales más complejo y prolongado que se haya impuesto contra país alguno.
1. Continuidad y recrudecimiento de la política de bloqueo
Las sucesivas medidas aplicadas contra Cuba y las reiteradas modificaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos (CACR, por sus siglas en inglés) aplicadas por el gobierno de los EE.UU. en el período que comprende este informe, confirman la vigencia de las leyes y regulaciones que sustentan la política del bloqueo. Las agencias estatales y gubernamentales estadounidenses, incluidos los Departamentos del Tesoro y el Comercio de ese país, aplican con estricto rigor las legislaciones del Congreso y disposiciones administrativas que establecen la política del bloqueo. Las principales se exponen a continuación:
Entre abril de 2019 y marzo de 2020, los Departamentos del Tesoro y el Comercio de los EE.UU., en consonancia con la política de hostilidad proclamada por el gobierno de Donald Trump, introdujeron cambios regulatorios al amparo de las leyes del bloqueo contra Cuba. A las afectaciones derivadas de estas modificaciones, principalmente en el sector de los viajes y las finanzas, se sumaron los mecanismos de persecución de las operaciones de Cuba en terceros países, lo que trae consigo un alto efecto disuasivo e intimidatorio para las contrapartes extranjeras, con los consiguientes daños para la economía cubana.
En el período que comprende este informe, la Oficina para el Control de Activos Extranjeros (OFAC) impuso 12 penalidades a entidades estadounidenses y de terceros países por violar las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. El monto de estas penalidades superó los 2 mil 403 millones 985 mil 125 dólares.
A continuación, se exponen las principales acciones de bloqueo registradas en el período analizado:
El 5 de abril de 2019 , la OFAC del Departamento del Tesoro incluyó en su lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN, por sus siglas en inglés) a 34 embarcaciones propiedad de la petrolera venezolana PDVSA, así como a otras dos compañías extranjeras, por enviar crudo a Cuba.
El 9 de abril de 2019 , la OFAC impuso una sanción al Standard Chartered Bank, entidad del sector bancario-financiero con sede en Gran Bretaña. Este banco tuvo que pagar 639 millones 23 mil 750 dólares por aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos y de otros programas de sanciones.
El 11 de abril de 2019 , la OFAC impuso sanciones a las compañías del sector petrolífero con sede en Gran Bretaña, 2H OFFSHORE y ACTEON GROUP Ltd., ante violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. El monto a pagar por ambas entidades fue de 227 mil 500 y 213 mil 866 dólares , respectivamente.
El 12 de abril de 2019 , la OFAC penalizó a 4 empresas y 9 buques que operan en el sector petrolífero de Venezuela, algunos de los cuales habrían transportado petróleo a Cuba.
El 15 de abril de 2019 , la OFAC impuso penalidades a las compañías del sector bancario financiero UniCredit Bank AG (Alemania) UniCredit Bank Austria (Austria) y UniCredit Bank SpA (Italia), por un monto de mil 300 millones de dólares. Estas instituciones habrían realizado transferencias bancarias violatorias a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos.
El 17 de abril de 2019 , el secretario de Estado de los EE.UU., Mike Pompeo, anunció la activación total del Título III de la Ley Helms-Burton a partir del 2 de mayo de 2019. Con ello, se abrió la posibilidad de tomar acción en tribunales de EE.UU. ante demandas judiciales presentadas al amparo de esa ley, contra inversionistas extranjeros y quienes sostuvieran relaciones comerciales con Cuba.
El 24 de abril de 2019, el Departamento de Estado actualizó la Lista de Entidades Cubanas Restringidas, mediante la inclusión de 5 nuevas entidades, para un total de 216. En julio, se anunció una nueva actualización de esta lista, con la adición de 2 nuevas entidades, alcanzando un total de 218. El listado se actualizó por tercera vez el 15 de noviembre de 2019, con la incorporación de 5 nuevas entidades, con lo cual se llegó a un total de 223.
El 4 de junio de 2019 , la OFAC y el Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio anunciaron cambios regulatorios en la política hacia Cuba, fundamentalmente dirigidos al sector de los viajes. Las medidas incluyeron la eliminación de los viajes “pueblo a pueblo” y la aplicación de una política de denegación de licencias para los viajes de transporte de pasajeros (cruceros), las embarcaciones recreativas y las aeronaves privadas. También se dispuso que los viajeros estadounidenses que lleguen a Cuba bajo cualquiera de las 12 categorías autorizadas no puedan realizar transacciones financieras directas con empresas incluidas en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas.
El 13 de junio de 2019, la OFAC impuso penalidades a las compañías estadounidenses EXPEDIA GROUP INC., HOTELBEDS USA INC. y CUBASPHERE INC. por violaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos. Las tres penalidades correspondieron a transacciones relacionadas con viajes o servicios de viajes a Cuba.
El 3 de julio de 2019 , el Departamento del Tesoro incluyó a la empresa CUBAMETALES en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN), ante el involucramiento de la entidad cubana en la importación de petróleo proveniente de Venezuela.
El 6 de septiembre de 2019 , la O FAC actualizó las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos al imponer un límite de hasta mil dólares por trimestre a las remesas familiares, eliminar las remesas de donación (no familiares) y suspender las transferencias relacionadas con Cuba que tengan su origen y destino fuera de los EE.UU. (transacciones U-Turn).
El 13 de septiembre de 2019 , el presidente Donald Trump prorrogó por un año más la vigencia para Cuba de la Ley de Comercio con el Enemigo.
El 17 de septiembre de 2019 , la OFAC incluyó en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) a 3 individuos (2 de nacionalidad colombiana y 1 italiana) y 17 compañías (12 basadas en Colombia, 4 en Panamá y 1 en Italia), al alegar que estuvieron involucradas en el transporte de petróleo a Cuba.
El 24 de septiembre de 2019 , la OFAC incluyó en la Lista de Nacionales Especialmente Designados a 4 compañías (3 panameñas y una chipriota) y 4 buques relacionados con el transporte de petróleo venezolano a Cuba.
El 1 de octubre de 2019 , la OFAC impuso una penalidad de 2 millones 718 mil 581 dólares a la compañía GENERAL ELECTRIC (GE), con sede en Boston, Massachusetts, por aparentes violaciones de las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos.
El 18 de octubre de 2019 , el Buró de Industria y Seguridad del Departamento del Comercio anunció enmiendas a las Regulaciones para la Administración de Exportaciones (EAR). Las nuevas medidas incluyeron una política general de denegación de licencias para el arrendamiento de aeronaves a aerolíneas estatales cubanas; el impedimento de reexportación a Cuba de artículos extranjeros que contengan más de un 10 por ciento de componentes estadounidenses; la revisión de la Excepción de Licencia “Apoyo al Pueblo Cubano” para que no se puedan realizar determinadas donaciones al gobierno de Cuba y el Partido Comunista de Cuba; la eliminación de la autorización para la exportación de artículos promocionales que “benefician generalmente al gobierno de Cuba”, así como nuevas restricciones a la exportación de bienes relacionados con las telecomunicaciones.
El 25 de octubre de 2019 , el Departamento de Transporte anunció la suspensión de todos los vuelos de aerolíneas estadounidenses desde los EE.UU. a Cuba, con excepción de los dirigidos al Aeropuerto Internacional “José Martí” de la Habana. Con la medida, que entró en vigor el 10 de diciembre, se suspendieron todos los vuelos estadounidenses hacia nueve aeródromos cubanos.
En octubre de 2019 , los más importantes dirigentes de la cadena hotelera española MELIÁ HOTELS INTERNATIONAL S.A., incluyendo su Director Ejecutivo (Chief Executive Officer en inglés), recibieron notificaciones del Departamento de Estado en las que se les informó la prohibición de entrada a los EE.UU., como consecuencia de la aplicación del Título IV de la Ley Helms-Burton.
El 26 de noviembre de 2019 , la OFAC anunció la inclusión de la empresa cubana Corporación Panamericana S.A. en la Lista de Nacionales Especialmente Designados.
El 3 de diciembre de 2019 , la OFAC anunció mediante comunicado oficial la inclusión de 6 buques (uno de bandera panameña y el resto venezolana) en la Lista de Nacionales Especialmente Designados por transportar crudo a Cuba.
El 9 de diciembre de 2019 , la OFAC anunció la aplicación de medidas coercitivas contra las compañías ALLIANZ GLOBAL RISKS US INSURANCE COMPANY, con sede en EE.UU., y CHUBB LIMITED, con sede en Suiza, por el monto de 170 mil 535 y 66 mil 212 dólares , respectivamente. Las medidas se debieron a aparentes violaciones a las Regulaciones para el Control de Activos Cubanos, por realizar transacciones y otras operaciones relacionadas con los seguros de viajes a Cuba.
El 10 de enero de 2020 , el Departamento del Transporte suspendió todos los vuelos chárteres entre los EE.UU. y Cuba, excepto los dirigidos al Aeropuerto Internacional “José Martí” de La Habana. Además, se impuso un límite al número de vuelos chárter dirigidos a este aeropuerto.
El 25 de febrero de 2020 , el presidente Donald Trump emitió una notificación que extiende por un año el Estado de Emergencia Nacional relacionado con Cuba, declarado por el presidente William Clinton el 1ro de marzo de 1996.
El 26 de febrero de 2020 , entró en vigor la nueva normativa de la compañía estadounidense WESTERN UNION, que elimina la posibilidad de enviar remesas a Cuba desde terceros países.
Desde su entrada en vigor en 1996, la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democráticas Cubanas, también conocida como Helms-Burton, codificó el bloqueo contra Cuba y fortaleció su alcance extraterritorial. Además de buscar la imposición de un gobierno en Cuba subordinado directamente a los intereses de Washington, esta legislación pretendió internacionalizar el bloqueo por medio de medidas coercitivas contra terceros países, a fin de interrumpir sus relaciones comerciales y de inversión con Cuba.
Su título III permite a los antiguos dueños de propiedades que fueron nacionalizadas en Cuba, incluyendo ciudadanos cubanos devenidos con el tiempo en estadounidenses, la posibilidad de demandar ante los tribunales de EE.UU. a los que de alguna forma tuvieran contactos con dichas propiedades, a lo cual la ley llamó “tráfico”. Este término incluye, según la propia legislación, a todo aquel que “traspasa, distribuye, reparte, revende o de otra forma enajena una propiedad confiscada; o compra, recibe o adquiere una propiedad confiscada, o de otra forma asume el control de esta; o introduce mejoras, o invierte en una propiedad confiscada; o si después de la fecha de promulgación de la presente ley asume la administración, el arrendamiento, la tenencia o la explotación de una propiedad confiscada o posee intereses en una propiedad confiscada; celebra un acuerdo comercial en el que utiliza o de otra forma explota en su provecho una propiedad confiscada; provoca o dirige el tráfico descrito en los apartados o por otra persona, o participa en él o se beneficia de él, o de otro modo realiza el tráfico por mediación de otra persona, sin la autorización del nacional de los Estados Unidos que posee una reclamación de dicha propiedad”.
La posibilidad de demandar a los supuestos beneficiarios del “tráfico” había sido suspendida consistentemente cada seis meses desde 1996 por todas los presidentes de los EE.UU., incluido el propio presidente Donald Trump. Con el propósito de asfixiar a la economía cubana y aumentar las carencias de la población, la Ley Helms-Burton ha trascendido como un mecanismo de presiones brutales e ilegales del gobierno de los EE.UU. no solo contra Cuba, sino también contra terceros países, sus gobiernos y empresas. Sus pretensiones son ilegítimas y contrarias al Derecho Internacional.
Por primera vez en 23 años, el 2 de mayo de 2019 se iniciaron procesos legales al amparo de la Ley Helms-Burton. Hasta el 31 de marzo de 2020, se habían presentado un total de 25 demandas, de las cuales 3 fueron retiradas y 22 se mantienen en curso. Esta política ha afectado a empresas estadounidenses y de terceros países que han realizado o realizan negocios con Cuba. A continuación, se relacionan algunos ejemplos:
Es importante señalar que Cuba, como parte de un proceso legítimo de transformación económica y social, que incluyó el régimen de propiedad, llevó a cabo una serie de nacionalizaciones conforme al Derecho Internacional vigente. Además, el gobierno cubano indemnizó a todo aquel ciudadano cubano cuyos bienes expropiados no fueron resultado de conductas criminales violatorias del ordenamiento jurídico, y a los que con motivo de las nacionalizaciones tampoco incurrieron en dichas conductas.
Respecto a los ciudadanos extranjeros cuyas propiedades fueron nacionalizadas, Cuba concluyó acuerdos de compensación global con todos los Estados cuyos nacionales se vieron afectados, con la excepción de EE.UU. El gobierno de ese país se negó a entablar un proceso de negociación en búsqueda de acuerdos de compensación que resultaran justos para sus nacionales.
La Ley 80 de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba en diciembre de 1996, establece que la normativa estadounidense es inaplicable y no tiene valor ni efecto jurídico alguno en el territorio nacional cubano. Reafirma la disposición del gobierno de Cuba de buscar una adecuada y justa compensación por los bienes expropiados a las personas naturales y jurídicas que en ese momento ostentaban la ciudadanía o nacionalidad de los EE.UU. Además, ofrece garantías totales a los inversionistas extranjeros en Cuba, en tanto su artículo 5 refiere que el gobierno estará capacitado para adoptar “las disposiciones, medidas y facilidades adicionales que resulten necesarias para la total protección de las actuales y potenciales inversiones extranjeras en Cuba y la defensa de los legítimos intereses de estas frente a las acciones que pudieran derivarse de la Ley Helms-Burton”.
De igual forma, la Constitución de la República dispone que “el Estado promueve y brinda garantías a la inversión extranjera, como elemento importante para el desarrollo económico del país, sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales, así como del respeto a la soberanía e independencia nacionales”.
2. El bloqueo viola los derechos del pueblo cubano
Como se ha señalado anteriormente, el bloqueo constituye el principal obstáculo para la implementación del PNDES, de la Agenda 2030 y sus ODS en Cuba. Incluso aquellos sectores donde nuestro país ostenta resultados reconocidos internacionalmente, como en la salud y la educación, entre otros, no están exentos de severas afectaciones provocadas por la política de EE.UU. contra la Isla.
El sector de la salud ha permanecido invariablemente entre las prioridades del gobierno cubano, que en 2019 destinó el 27.5 por ciento del gasto social presupuestado a esta esfera. A pesar de los esfuerzos realizados para garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación a todos los ciudadanos, el impacto del bloqueo en este sector es cuantioso. Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020, esta política ha causado pérdidas a esta esfera en el orden de los 160 millones 260 mil 880 dólares. Los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política alcanzan la cifra de 3 mil 074 millones 033 mil 738 dólares en el sector de la salud.
El bloqueo niega el acceso a tecnologías médicas de procedencia estadounidense o con más de un 10 por ciento de componentes provenientes de ese país, lo cual tiene impactos negativos en la atención a la salud de los cubanos. En muchos casos no se pueden obtener las nuevas tecnologías que permiten una mayor precisión en los diagnósticos, tratamientos y rapidez en la recuperación de los pacientes con intervenciones menos invasivas. Esta política también afecta la ejecución de importantes Programas Nacionales de Salud, como el de Atención Materno Infantil, Atención al Paciente Grave, Programa Integral para el Control del Cáncer, así como varios programas dirigidos a la prevención y el control de Enfermedades No Transmisibles, entre otros.
El impacto negativo del bloqueo se agrava y resulta más cruel en el contexto actual de enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19. Esta política supone una presión adicional para nuestro sistema de salud pública, al dificultar la adquisición de materiales, equipos y otros insumos que se requieren con urgencia para salvar vidas.
Se destaca el caso, dado a conocer en marzo de 2020, de un donativo de ventiladores pulmonares mecánicos, kits de diagnóstico, mascarillas y otros insumos médicos necesarios para enfrentar la COVID-19, enviado por la compañía china ALIBABA, el cual no pudo arribar a territorio cubano. La empresa transportista contratada se negó a enviar el cargamento a Cuba, alegando que su principal accionista era una sociedad estadounidense, por lo que estaba sujeta a las regulaciones del bloqueo.
Otro lamentable ejemplo es el relacionado con las compañías suizas IMT MEDICAL AG y ACUTRONIC MEDICAL SYSTEMS AG, cuales alegaron las sanciones del bloqueo para negarse a entregar a Cuba ventiladores pulmonares mecánicos de alta tecnología, esenciales para el tratamiento de los pacientes afectados por el nuevo coronavirus. Estas dos empresas, consideradas líderes mundiales en el desarrollo y la fabricación de estos equipos médicos, han realizado negocios con Cuba en el pasado. Ambas fueron adquiridas por la compañía VYAIRE MEDICAL INC., con sede en Illinois, EE.UU., y por consiguiente se han visto obligadas a suspender toda relación comercial con nuestro país.
También en abril de 2020, se conoció que los bancos suizos UBS, Banque Cler y Banco Cantonal de Basilea se negaron a transferir donaciones realizadas por las organizaciones de solidaridad helvéticas MediCuba-Suiza y Asociación Suiza-Cuba, simplemente porque el nombre de la Isla aparecía mencionado en el registro de las transacciones. Estas donaciones estaban destinadas a apoyar el proyecto de ayuda de urgencia #CubavsCovid19, que pretendía recoger fondos para el envío de reactivos para los test de diagnóstico y equipos de protección necesarios en las labores de enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19.
Por otro lado, el gobierno de EE.UU., con su decisión de arremeter contra la cooperación médica cubana, amenaza el disfrute del derecho a la salud de millones de seres humanos, los cuales se han visto beneficiados por el trabajo de los médicos cubanos en diversas latitudes. Durante el período analizado, con las afectaciones causadas a acuerdos bilaterales firmados por Cuba con varios países de la región de las Américas, se ha perjudicado gravemente la atención médica a 67 millones de personas. La comunidad internacional ha reconocido en múltiples ocasiones la profesionalidad y el altruismo de los más de 400 mil colaboradores cubanos de la salud que en 60 años han cumplido misiones en 164 naciones.
Esta campaña de descrédito ejecutada por el gobierno estadounidense es inmoral en cualquier circunstancia, pero resulta particularmente ofensiva para Cuba y el mundo en medio de una pandemia global como la COVID-19. En este escenario, mientras la actual administración de los EE.UU. se ensaña en críticas y acusaciones contra la Isla, más de una treintena de brigadas médicas cubanas han sido enviadas a varios países y territorios afectados por el coronavirus, con el objetivo de contribuir a la lucha contra esta enfermedad. Cuba está convencida de que el momento reclama cooperación y solidaridad, por lo que también comparte los resultados de investigaciones científicas con otros países como es el caso del fármaco Interferón Alfa-2B Recombinante, el cual ha demostrado ser efectivo en el tratamiento de la COVID-19.
Como se ha señalado en informes anteriores, a Cuba se le niega el derecho de adquirir tecnologías, materias primas, reactivos, medios de diagnóstico, medicamentos, dispositivos, equipos y piezas de repuesto necesarios para el mejor funcionamiento de su sistema de salud pública. No contar con el medicamento o la tecnología idónea para la atención de una enfermedad, en el momento necesario para salvar una vida, causa sufrimiento y desesperación en los pacientes y sus familiares. Ese dolor no podrá jamás ser cuantificado.
Durante el periodo analizado la Empresa Importadora y Exportadora de Productos Médicos (MEDICUBA S.A.) contactó a las siete compañías que forman parte de su Cartera de Proveedores [1] y además a otras 50 empresas. En febrero de este año, cuando la empresa cubana se dirigió a sus proveedores solicitando actualizar la documentación para dar continuidad a las relaciones comerciales, cinco de estas compañías no respondieron. Solamente ELI LILLY y BAYER emitieron respuesta, la primera, rechazando continuar como proveedor de MEDICUBA, mientras que la segunda, informó que debía solicitar una nueva licencia OFAC para los nuevos contratos. Por tal motivo, MEDICUBA se vio obligada a contratar en otros mercados el anticonceptivo Mesigyna y el medicamento Loperamida (indicado para el control sintomático de la diarrea aguda y crónica). Esto generó un considerable desabastecimiento de dichos fármacos en nuestro país y por consiguiente importantes gastos adicionales.
Otros ejemplos de afectaciones ocasionadas por el bloqueo al sector de la salud en el período analizado son:
El bloqueo impacta de manera desgarradora en las personas con discapacidad, al tratarse de un grupo poblacional en situación de vulnerabilidad dentro de la población, que sufre particularmente las restricciones que impone esta política estadounidense.
La rama de la alimentación y la agricultura constituye la base para alcanzar la seguridad y la soberanía alimentarias, dos metas que se encuentran entre las prioridades del gobierno cubano y están directamente vinculadas al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Si bien el Estado cubano destina cuantiosos recursos y esfuerzos a este sector, en tanto la producción de alimentos para satisfacer las demandas de la población constituye una prioridad, las afectaciones del bloqueo en este ámbito son notables. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 se contabilizan daños por un valor aproximado de 428 millones 894 mil 637 dólares.
Muchas de esas afectaciones se habrían evitado si las empresas cubanas pudieran acceder al mercado de los EE.UU. Esto resultaría muy ventajoso dados sus precios y cercanía, y teniendo en cuenta que las industrias estadounidenses son capaces de abastecer a las entidades cubanas de muchas de las materias primas, materiales y equipamientos necesarios para modernizar sus líneas de producción.
A continuación, se exponen algunos ejemplos de afectaciones en esta esfera:
Las dificultades en el suministro de combustible a Cuba, producto de la persecución desatada por el gobierno de EE.UU. en el periodo analizado, provocaron interrupciones en los ciclos productivos de varias entidades del sector agroalimentario, así como en los cultivos, tal y como se evidencia en los ejemplos siguientes:
La educación, el deporte y la cultura se encuentran entre los sectores de gran impacto social que han sido tradicionalmente afectados por las restricciones del bloqueo. Durante el periodo analizado, al igual que en años anteriores, las principales afectaciones reportadas en estas esferas se relacionan con los pagos adicionales por concepto de fletes para la transportación de productos adquiridos en mercados lejanos, así como los obstáculos para recibir los pagos por servicios profesionales que se ofrecen en el extranjero y las dificultades para acceder a financiamiento externo. A ello se suman las limitaciones asociadas a la falta de combustible, derivada de las medidas aplicadas por el gobierno de los EEUU.
Los servicios de educación gratuita e inclusiva, a los cuales el Estado cubano destinó el 23.7 por ciento del gasto social presupuestado para el año 2020, se ven afectados a consecuencia del bloqueo, por diversas carencias e insuficiencias que limitan el proceso de enseñanza y aprendizaje en los diferentes niveles educativos. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 las afectaciones a este sector se estiman en 21 millones 226 mil dólares.
Entre las principales afectaciones al sector de la educación en el período analizado se destacan las siguientes:
La esfera del deporte, que constituye una de las mayores conquistas de la Revolución Cubana, no ha quedado exenta de sufrir los embates de la política de bloqueo. La empresa CUBADEPORTES ha visto disminuida su capacidad de importar implementos deportivos de marcas estadounidenses, muchos de ellos de uso obligatorio, según lo estipulado en los reglamentos oficiales de las Federaciones Internacionales. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 las afectaciones en el ámbito deportivo se calculan en aproximadamente 9 millones 995 mil dólares.
A continuación, se relacionan algunas de las afectaciones más significativas del período:
El sector de la cultura continúa siendo afectado por la aplicación de la política de bloqueo de los EE.UU. contra Cuba. Desde abril de 2019 hasta marzo de 2020 se registran afectaciones en el orden de 22 millones 150 mil dólares .
Durante casi sesenta años, la política del gobierno de los EE.UU. ha bloqueado la circulación del arte cubano por el mundo, persiguiendo y censurando su acción, así como extendiendo su estrategia de aislamiento a las grandes corporaciones internacionales de la información y los circuitos de distribución del arte. Al propio tiempo, trata de visibilizar y legitimar productos anticubanos, y promueve aparentes artistas totalmente desconocidos, en aras de desacreditar la obra de los verdaderos exponentes de la cultura cubana, cuya inmensa mayoría vive y trabaja en Cuba.
Entre las afectaciones registradas en el sector de la cultura en el período analizado, se destacan las siguientes:
Como se ha expuesto anteriormente, el bloqueo es el principal obstáculo al desarrollo económico de Cuba, a la implementación del PNDES y por ende, al cumplimiento de la Agenda 2030 y sus 17 ODS.
Entre abril de 2019 y marzo del 2020, se produjo un impresionante crecimiento en las afectaciones ocasionadas por el bloqueo en los sectores de la producción y los servicios, que ascendieron a 610,2 millones de dólares . Esta cifra supera 7,7 veces la registrada en la etapa anterior. Este incremento se debió sobre todo a las inéditas y agresivas medidas del gobierno de los EE.UU. dirigidas a asfixiar la economía cubana, particularmente sus esfuerzos por obstaculizar el arribo de combustible a la Isla.
Transformar los costos del bloqueo en capacidad de pago del país, permitiría disponer de una fuente de financiamiento adicional, sustantiva y sostenida, que propiciaría dar un mayor dinamismo a los programas inversionistas vinculados a los sectores estratégicos definidos en el PNDES. De esta manera, se crearían las condiciones necesarias para lograr gradualmente un crecimiento sostenido del Producto Interno Bruto anual.
Como parte de su política de hostigamiento para impedir el desarrollo económico de nuestro país, a inicios de este año y de manera inédita, el gobierno estadounidense desplegó acciones en el marco de la evaluación de las propuestas de Programas de Cooperación de Cuba con el Fondo de las Naciones Unidas para la Población (FNUAP), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). El objetivo de esta maniobra era entorpecer la adopción de los Programas País de Cuba con las mencionadas entidades de las Naciones Unidas para el período 2020-2024, lo cual afectaría directamente los esfuerzos de la Isla para implementar la Agenda 2030 y sus ODS en los próximos años.
Una vez más, Cuba contó con el apoyo de un grupo importante de países que rechazaron los intentos de EE.UU. de politizar las labores de estos órganos y permitió que los Programas de Cooperación de Cuba se aprobaran por consenso y sin modificaciones.
El bloqueo afecta directamente el derecho de Cuba al desarrollo. Ninguna rama de la economía cubana escapa de los efectos de esta política.
La Industria Biofarmacéutica , sector estratégico de la economía cubana, no está exenta de las afectaciones provocadas por el bloqueo, y se ve afectada cada año en cuanto a la investigación, desarrollo, producción y comercialización de sus productos, lo que conlleva a pérdidas económicas considerables. Entre abril de 2019 y marzo de 2020 se calculan daños en el orden de 161 millones de dólares.
La intensificación de la política de bloqueo en este período no solo limita el intercambio académico y científico, sino que priva al pueblo estadounidense de recibir los beneficios de productos biotecnológicos y farmacéuticos desarrollados en Cuba, que cuentan con reconocimiento internacional.
Este último aspecto se evidencia en los ejemplos siguientes:
Este sector también se ha visto notablemente afectado por los gastos adicionales derivados de la reubicación geográfica del comercio y la necesidad de recurrir a intermediarios para adquirir productos de procedencia estadounidense, tal y como se evidencia en los ejemplos siguientes:
Entre abril de 2019 y marzo de 2020, el bloqueo de los EE.UU. contra Cuba ha continuado afectando al turismo cubano en esferas relacionadas con los viajes, los servicios, las operaciones y los aseguramientos logísticos, lo cual se ha reflejado en pérdidas que ascienden a unos mil 888 millones 386 mil 675 dólares.
En particular, la imposición de nuevas medidas por parte del Departamento de Estado para regular los viajes de estadounidenses a Cuba, como la prohibición de los vuelos regulares y chárter hacia los aeropuertos internacionales de la Isla, con excepción del Aeropuerto Internacional ‘‘José Martí’’, de La Habana, equivalen a una reducción en el flujo de visitantes desde EE.UU. de aproximadamente 420 mil pasajeros, con el correspondiente efecto negativo en la recaudación de ingresos.
De no existir el bloqueo, se estima que la cifra anual de visitantes estadounidenses a Cuba podría alcanzar al menos 2 millones, lo que convertiría a los EE.UU. en el principal mercado emisor de viajeros hacia la Isla. Si a esta cifra se le restan los que sí viajaron a Cuba en el período (251 mil 621), se calcula que aproximadamente 1 millón 748 mil 379 personas no viajaron a la Isla procedentes de los EE.UU. debido al bloqueo. Si estas personas hubiesen podido visitar Cuba, se estima que la industria turística cubana habría ingresado unos mil 798 millones de dólares provenientes del mercado estadounidense.
Algunos ejemplos de afectaciones ocasionadas a este sector son:
Los daños y perjuicios económicos ocasionados por el bloqueo al sector de las comunicaciones y la informática, incluidas las telecomunicaciones en Cuba durante el período de abril de 2019 a marzo de 2020, se estiman en 64 millones 274 mil 42 dólares. Al igual que en años anteriores, la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) sigue siendo la entidad con mayores afectaciones, registrando aproximadamente el 97 por ciento del monto total.
El bloqueo constituye el principal impedimento para un mejor flujo de información y un más amplio acceso a Internet y a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) por parte de los cubanos. Al dificultar y encarecer la conectividad en el país, condicionar el acceso a las plataformas y tecnologías, y utilizar el ciberespacio para intentar subvertir el sistema político y jurídico cubano, esta política afecta negativamente el desarrollo de las comunicaciones en Cuba.
Entre las afectaciones registradas en esta esfera, se destacan las siguientes:
En el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020, las afectaciones provocadas por el bloqueo a la industria cubana alcanzaron los 95 millones 529 mil 125 dólares . Algunas de las afectaciones más significativas en este sector se relacionan con los ingresos dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, tal y como lo demuestran los ejemplos siguientes:
A continuación, se relacionan otras afectaciones registradas en el sector de la industria durante el periodo analizado:
El sector de la construcción continúa enfrentando serias dificultades para acceder a tecnologías constructivas más eficientes, ligeras, con menores consumos de materiales básicos y componentes energéticos, como consecuencia del bloqueo. Entre abril de 2019 y marzo de 2020, las afectaciones se calculan en 238 millones 180 mil dólares.
La causa principal de las afectaciones económicas de este sector se registró en las producciones interrumpidas a causa del déficit de combustible en el país a partir del segundo semestre del 2019. Los daños por este concepto se focalizan particularmente en el Grupo Empresarial de la Construcción (GECONS) y el Grupo Empresarial Industrial de la Construcción (GEICON), tal y como se ilustra en los ejemplos siguientes:
Durante el período analizado el sector del transporte ha sufrido daños en el orden de 312 millones 27 mil 430 dólares. Las regulaciones del bloqueo, en particular las medidas adoptadas en 2019 por el gobierno estadounidense para impedir los suministros de combustible a Cuba , tuvieron un impacto devastador en esta esfera .
Entre las principales afectaciones ocasionadas a este sector se destacan las siguientes:
En el caso del sector de la energía y minas , las afectaciones se estiman en 125 millones 282 mil 022 dólares. Las regulaciones del bloqueo afectan el desarrollo de esta esfera en Cuba, en tanto limitan el acceso a tecnologías de punta para la generación energética, equipos y piezas de repuesto, medios idóneos para la protección del personal y facilidades financieras para adquirir todos estos recursos.
En el grupo empresarial de la Unión Eléctrica, las afectaciones superaron los 16 millones de dólares. Uno de los elementos que más severamente afecta la producción y los servicios de esta entidad es el hecho de que los principales fabricantes de equipos y piezas de repuestos para el proceso productivo han tenido que suspender sus relaciones con Cuba debido al bloqueo. Esto ha provocado un incremento de los costos de mantenimiento, pérdidas de tiempo para localizar suministradores sustitutos y mayores gastos de importación. Entre los fabricantes y suministradores que han interrumpido sus vínculos con las empresas cubanas se encuentran los siguientes:
Otros ejemplos de afectaciones en este sector son:
El daño de las medidas de bloqueo económico no se sufre solo en el sector estatal de la economía, como intenta hacer parecer el gobierno de los EE.UU. Tiene también un fuerte impacto en el sector no estatal, normalmente de dimensiones relativamente pequeñas y con menor capacidad de respuesta y adaptación ante la pérdida de clientes como resultado de la contracción del turismo, las limitaciones en la disponibilidad de capital de trabajo, las dificultades para asegurar suministros o el acceso a la tecnología.
3. Afectaciones al sector externo de la economía cubana
El monto total de las afectaciones ocasionadas por el bloqueo al sector externo de la economía cubana entre abril de 2019 y marzo de 2020 asciende a 3 mil 13 millones 951 mil 129 dólares .
Más allá de las afectaciones cuantificadas, el efecto disuasivo e intimidatorio de la política de bloqueo sobre empresarios y entidades de los EE.UU. y de terceros países, acentuado a partir de la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, ha provocado la cancelación de operaciones comerciales, acciones de cooperación y proyectos de inversión extranjera que se encontraban en diferentes niveles de desarrollo. También ha repercutido negativamente en las instituciones bancario-financieras, que se rehúsan a trabajar con entidades cubanas por temor a ser objeto de sanciones.
La medida adoptada el 18 de octubre de 2019 de impedir la reexportación desde cualquier país a Cuba de artículos producidos en cualquier país que contengan más de un 10 por ciento de componentes estadounidenses, plantea un desafío significativo para las necesidades de importación de la economía cubana. Por componentes se entiende partes, piezas, productos básicos y tecnologías, incluyendo software. Por consiguiente, en una economía mundial crecientemente globalizada se le hace cada vez más difícil a Cuba adquirir los insumos requeridos para la industria, los servicios y el consumo de la población, con independencia de la relación política o comercial que se tenga con el mercado de origen de esas importaciones.
Como en años anteriores, las mayores afectaciones se aprecian en los ingresos dejados de percibir por exportaciones de bienes y servicios, con un valor de 2 mil 475 millones 700 mil dólares. El turismo continúa siendo el sector más afectado en este aspecto, al acumular el 72.6 por ciento del total. Esto equivale a mil 798 millones de dólares, lo que representa un aumento de 260 millones con respecto a la etapa anterior.
Dada la imposibilidad de realizar exportaciones hacia los EE.UU. como resultado de las restricciones del bloqueo, se reportan afectaciones en el sector agrícola cubano que alcanzan los 184 millones de dólares. De esta cifra, el 84.3 por ciento se atribuye a las posibles exportaciones de la empresa HABANOS S.A., mientras que el resto, unos 26,5 millones de dólares, se corresponden con exportaciones potenciales de carbón vegetal de marabú, piña, miel, café y productos frescos destinados principalmente a los Cruceros.
En el caso de la miel de abeja industrial a granel, EE.UU. constituye el mayor importador mundial. A las firmas estadounidenses interesadas en adquirir la miel cubana se les niega la correspondiente licencia de la OFAC, por lo que no pueden realizar operaciones comerciales con la Isla. El mercado estadounidense pudiera asimilar unas 3 mil toneladas métricas anuales de este tipo de miel, la cual es muy difícil de colocar en el mercado europeo. De poder exportarse ese volumen hacia el mercado estadounidense, Cuba obtendría una ventaja económica de aproximadamente 500 mil dólares, un 10 por ciento por encima con respecto al mercado europeo, por concepto de mejores precios, menor costos de fletes y condiciones de entrega más favorables.
Con respecto al café tostado molido y en grano, el mercado de EE.UU. se encuentra entre los cinco más importantes del mundo. El café cubano, por su calidad, podría cubrir una parte importante de la demanda en el mercado estadounidense, pero al igual que la miel, a las compañías estadounidenses interesadas en importarlo se les niega la licencia de la OFAC.
Asimismo, pese al reconocimiento por parte de los importadores estadounidenses de la alta calidad del carbón vegetal cubano, las ventas de este producto en el mercado de EE.UU. durante el período señalado solo alcanzaron las 80 toneladas métricas, aun cuando las potencialidades de exportación son mucho mayores. En ello influyó la activación por parte del gobierno de EE.UU. del Título III de la Ley Helms-Burton, a partir de mayo de 2019. Esto posibilitó, como se expuso anteriormente, que se establecieran demandas contra las empresas AMAZON, INC. y SUSSHI INTERNATIONAL, INC., distribuidoras minoristas de carbón vegetal cubano en el mercado estadounidense. Esta acción tuvo un efecto intimidatorio sobre esos y otros clientes potenciales, reduciendo significativamente las posibilidades de venta de dicho producto. Teniendo en cuenta que EE.UU. es uno de los diez mayores importadores de carbón vegetal a nivel mundial, se estima que el recrudecimiento del bloqueo ha impedido la venta de unas 2 mil toneladas de este producto, lo que representa una pérdida de alrededor de 70 mil dólares por diferencias de precios con respecto a otros mercados.
En el caso del azúcar, se estima en unos 93 millones de dólares el valor de las exportaciones potenciales de este producto hacia los EE.UU. durante este periodo, teniendo en cuenta las 354 mil 078 toneladas que Cuba logró posicionar en el mercado mundial.
Por otra parte, se mantienen las limitaciones para las importaciones de productos agroalimentarios desde los EE.UU. La empresa cubana importadora de alimentos, ALIMPORT, se ve obligada a asumir gastos adicionales para poder participar en este comercio irregular, que funciona en un solo sentido, puesto que Cuba no tiene acceso a financiamiento de la banca estadounidense ni del sistema crediticio internacional para este tipo de operaciones, debido al llamado ‘‘riesgo país’’. Esto expone a la entidad cubana a depender de otros acreedores, los cuales aplican costos financieros de aproximadamente un 5 por ciento por encima de lo normal. ALIMPORT no puede realizar pagos en dólares de EE.UU. a terceros, por lo que debe comprar monedas de reembolso para efectuar sus transacciones, con las consiguientes pérdidas derivadas del riesgo cambiario. Como consecuencia, cada operación comercial involucra a varios bancos internacionales, los cuales aplican comisiones por sus servicios, incrementando aún más los costos financieros que debe cubrir la empresa cubana.
Entre abril de 2019 y marzo de 2020, la prohibición de utilizar el dólar de EE.UU. ha provocado afectaciones al comercio exterior cubano por un valor de 92 millones 883 mil 153 dólares, mientras que el incremento del costo de financiamiento/riesgo país se cuantifica en 25 millones 841 mil 716 dólares. Estos indicadores están determinados por las dificultades que enfrentan las entidades cubanas para acceder a créditos bancarios o blandos, como consecuencia de las restricciones del bloqueo, y en particular de su efecto disuasivo sobre la banca internacional. Ello obliga a nuestras empresas a recurrir a créditos comerciales otorgados por los propios proveedores, con términos financieros desventajosos.
Las consecuencias negativas por concepto de utilización de intermediarios comerciales y el consecuente encarecimiento de las mercancías alcanza los 186 millones 171 mil 670 dólares.
Los sobrecostos por fletes y seguros que se deben pagar por la reubicación geográfica del comercio hacia regiones más lejanas, continúa provocando importantes afectaciones a nuestra economía. Por este concepto, se calculan pérdidas en el orden de los 85 millones 108 mil 797 dólares, lo cual representa un incremento del 17.9 por ciento con respecto al período anterior.
La siguiente tabla compila las afectaciones del bloqueo a la esfera del comercio exterior de Cuba entre abril de 2019 y marzo de 2020:
Imposibilidad de acceder al mercado de EE.UU.
Utilización de intermediarios/encarecimiento de las mercancías
Incremento en los fletes y seguros
Ingresos dejados de percibir por exportaciones
Riesgo país/incremento del costo de financiamiento
Prohibición de utilizar el dólar de EE.UU.
* Costos adicionales por operaciones a través de bancos de terceros países/comisiones bancarias/modalidades de instrumentos de pagos, cobros retenidos, ruptura de contratos, litigios, entre otros.
Entre abril de 2019 y marzo del 2020, el sistema bancario y financiero continuó siendo uno de los principales blancos de las medidas agresivas de la administración estadounidense, encaminadas a reforzar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. Las afectaciones monetario-financieras ocasionadas a la economía cubana en este período superaron los 284.3 millones de dólares.
Como en años anteriores, esta etapa se caracterizó por la creciente negativa de instituciones bancarias y financieras extranjeras a tramitar operaciones de bancos y empresas cubanas, por el cierre de cuentas y contratos ya establecidos, por la constante devolución de transacciones bancarias, así como por la cancelación de claves para el intercambio de información financiera que se realizan a través de la Sociedad para las Telecomunicaciones Financieras Interbancarias (SWIFT, por sus siglas en inglés).
Como consecuencia de la política de presión, intimidación y disuasión que ejerce el gobierno de los EE.UU. contra las instituciones financieras internacionales, se aplican nuevos métodos para entorpecer las operaciones bancarias de Cuba, como es el caso de la solicitud de documentos adicionales para realizar las operaciones, lo cual genera demoras y entorpece la ejecución de los pagos a los proveedores o la recepción de ingresos provenientes desde el exterior.
En la etapa analizada, el número de bancos extranjeros que por diferentes motivos se negó a realizar operaciones con bancos cubanos ascendió a 137, con 315 operaciones involucradas, que totalizaron daños por un valor de 236.5 millones de dólares.
A continuación se relacionan algunos ejemplos de aplicación extraterritorial del bloqueo registrados en el sector bancario-financiero en el periodo analizado.
Negativa a prestar servicios bancarios:
Dificultades con el envío y recepción de documentos bancarios a través de agencias de mensajería:
Durante el período analizado, los bancos cubanos se enfrentaron a diversos obstáculos para el uso de los canales bancarios de comunicación tradicionales, mediante DHL y SWIFT.
La negativa de las agencias de mensajería de recibir o tramitar documentos bancarios genera las siguientes dificultades:
Como parte del recrudecimiento del bloqueo, las remesas a Cuba se han visto particularmente afectadas a partir del interés del gobierno estadounidense de impedir la entrada de divisas a la Isla. Como resultado de esta política, las agencias remesadoras imponen costos de transacción más elevados a las operaciones de este tipo con destino a Cuba.
4. El bloqueo viola el Derecho Internacional. Aplicación extraterritorial.
Como se ha señalado anteriormente, la aplicación extraterritorial del bloqueo se mantiene como signo distintivo de la política del gobierno de EE.UU. hacia Cuba. Este sistema de sanciones representa una amenaza tanto para los intereses y derechos soberanos de Cuba como para los de terceros países, cuyos ciudadanos no están exentos de sufrir las consecuencias de esta cruel e ilegal política, que contraviene el Derecho Internacional y los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como las normas internacionales de comercio.
Entre marzo de 2019 y abril de 2020, se aprecia un endurecimiento sostenido de la aplicación extraterritorial del bloqueo, en especial a partir de la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms Burton, concebido especialmente para interferir en las relaciones económicas y comerciales de Cuba con la comunidad internacional.
En el período analizado, continuaron recrudeciéndose las afectaciones a entidades cubanas en sus relaciones comerciales con terceros países, en particular mediante el cierre de cuentas bancarias, la imposibilidad de realizar transacciones para el pago o el cobro de servicios y la cancelación de contratos comerciales.
A continuación, se relacionan algunos ejemplos:
El 25 de abril de 2019, e l Grupo Air France KLM comunicó su decisión de suspender el acuerdo con Cubana de Aviación, vigente desde el 18 de junio de 2018, que permitía a la aerolínea cubana realizar reservaciones y expedir boletos de Air France-KLM. El argumento utilizado para justificar la suspensión de dicho acuerdo fue que Cubana de Aviación forma parte de la lista restringida de la OFAC. Esta decisión se hizo efectiva a partir del 9 de junio de 2019.
En mayo de 2019 , se conoció que la entidad Petrobras Uruguay se negó a responder una solicitud de Cubana de Aviación, al alegar que no se le permite realizar operaciones con empresas sancionadas por la OFAC.
En mayo de 2019 , se conoció que a Viajes Falabella, socio de HAVANATUR en Argentina, Chile y otros mercados, se le impusieron limitaciones para comercializar directa o indirectamente los hoteles cubanos incluidos en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas.
En junio de 2019 , se conoció que la Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés) suspendió el servicio BSP para tres oficinas de HAVANATUR y Cubana de Aviación en México, Italia y Francia, debido a la posición del banco francés BNP Paribas, que administra todo el servicio bancario y de corresponsalía asociado a este servicio. El BSP es un sistema de cobros y pagos relacionados con la reserva de boletos aéreos entre agencias de viajes y líneas aéreas del mundo.
El 26 de junio de 2019, la aerolínea francesa Air Caraïbes comunicó a Cubana de Aviación la decisión de cancelar el acuerdo de código compartido entre ambas compañías aéreas. El argumento utilizado fue la actual política de EE.UU. contra Cuba, que afecta los vuelos realizados por Air Caraïbes a EE.UU. con aviones Airbus, los cuales utilizan piezas y componentes estadounidenses.
El 23 de octubre de 2019 , la aerolínea Cubana de Aviación fue notificada del cierre de contratos de arrendamiento de aeronaves por compañías de terceros países, como efecto de las medidas de recrudecimiento del bloqueo anunciadas por el Departamento de Comercio el 18 de octubre del propio año. En consecuencia, la compañía cubana se vio obligada a cancelar los vuelos a varios destinos internacionales y domésticos. Por este motivo, al cierre del 31 de diciembre del 2019 se habían dejado de transportar alrededor de 40 000 pasajeros.
El 23 de octubre de 2019, la naviera COSCO, con sede en un país asiático, suspendió todos los envíos hacia Cuba argumentando como causa las restricciones del bloqueo. Esto generó una grave afectación económica a la empresa MEDICUBA, que había contratado un gran número de contenedores con esa naviera, por lo que se vio obligada a buscar otras alternativas de envío, con los correspondientes costos adicionales.
El 13 de noviembre de 2019, la compañía TRIVAGO, empresa de tecnología especializada en productos y servicios en hotelería y alojamientos , con sede en Dusseldorf, Alemania, eliminó a todas las instalaciones hoteleras cubanas de sus plataformas de búsqueda en Internet, debido a las regulaciones impuestas por el bloqueo a Cuba. TRIVAGO fue objeto de una demanda colectiva (junto a EXPEDIA, BOOKING y MELIÁ) en virtud del Título III de la Ley Helms-Burton.
El 10 de diciembre de 2019 , se conoció que la empresa española Aceros Inoxidables OLARRA S.A. decidió dejar de comprar productos de níquel cubano. Las razones para ello se relacionan con el incremento de las exportaciones de esta compañía al mercado estadounidense y las restricciones vigentes para la importación en los EE.UU. de productos con componentes de origen cubano.
A inicios de 2019 , la plataforma de pagos online WePay, a través del sitio web GoFundMe , congeló el dinero de un ciudadano canadiense que pretendía repatriar el cadáver de su padre, fallecido repentinamente en Cuba, aduciendo las regulaciones impuestas por el bloqueo.
El 1ro de abril de 2019 , la entidad panameña Multibank cerró un número indeterminado de cuentas bancarias de empresas de esa nación istmeña y otras foráneas que comercian o tienen relaciones con Cuba, incluida la corresponsalía de la agencia Prensa Latina. Autoridades de Multibank alegaron que ello respondió a “una actualización de su política interna y líneas de negocios”.
El 16 de abril de 2019 , s e conoció que el National Bank of Canada (NABACAN) comunicó a los bancos cubanos que estaba imposibilitado de dar curso a nuevos pagos en euros. La entidad alegó que su corresponsal, el Banco español BBVA, estaba retornando los pagos por operaciones relacionadas con Cuba debido al riesgo de ser sancionado por EE.UU.
El 7 de mayo de 2019, s e conoció que el Bank of Nova Scotia (Scotiabank) envió una comunicación escrita a la empresa jamaicana FREEFORM FACTORY LTD. para informarle que en el plazo de un mes debía cerrar la cuenta que utilizaba para recibir pagos (en dólares canadienses) de empresas cubanas, por concepto de exportaciones. Como justificación, se alegó el sistema de medidas económicas aplicadas por EE.UU. contra nuestro país.
El 16 de junio de 2019 , se conoció que el Crucero por la Paz fue impedido de atracar en puertos cubanos. Las restricciones contra cruceros impuestas por el gobierno de EE.UU., impidieron la entrada al país de la embarcación, por ser de propiedad estadounidense. El buque transportaba ayuda para los damnificados del tornado que afectó a La Habana el 27 de enero el propio año.
En junio de 2019, l a mayoría de las acciones de la empresa Kiwi.com (buscador y vendedor de pasajes aéreos en internet) fueron compradas por la empresa norteamericana GENERAL ATLANTIC. Desde ese momento, el destino Cuba desapareció de sus ofertas.
Entre agosto y noviembre de 2019, se registraron en Austria, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, España, Francia, Italia y Suecia, varios casos de bancos que anunciaron la cancelación inmediata de los servicios de cobro por tarjeta magnética a las embajadas y consulados cubanos en esos países. En general, el motivo esgrimido para justificar dicha decisión fueron las instrucciones recibidas de MASTERCARD y VISA de cancelar los contratos con entidades cubanas. Debido a esta restricción, las embajadas y consulados cubanos en los países citados no pueden recibir fondos a través de transacciones de tarjetas VISA y MASTERCARD, lo cual obstaculiza la prestación y el cobro de servicios.
En agosto de 2019, la empresa SQUARE CANADA informó a los dueños de la cafetería Toronto Little Havana que no podían continuar utilizando su plataforma de pagos, debido a preocupaciones del banco JPMorgan Chase, encargado de procesar los pagos de la compañía, por el hecho de que estaban vendiendo bebidas elaboradas con café cubano.
El 22 de agosto de 2019 , e l banco ecuatoriano Produbanco se negó a procesar transferencias hacia Cuba correspondientes al pago de la Universidad Metropolitana a Servicios Médicos Cubanos (CSMC, S.A.) . La razón esgrimida para ello fueron las sanciones de los EE.UU. contra Cuba.
Desde finales de agosto de 2019, el banco suizo PostFinance cesó las operaciones financieras hacia Cuba, sin ningún anuncio oficial al respecto o previa comunicación a sus clientes, quienes conocieron de esta decisión cuando fueron a emplear sus servicios para alguna operación con nuestro país. Posteriormente, PostFinance anunció el cierre del canal de pago hacia Cuba a partir del 1ro de septiembre de 2019 , debido al endurecimiento de las sanciones estadounidenses contra la Isla y el riesgo potencial de ser excluidos del tráfico internacional de pagos, en caso de mantener las relaciones comerciales. En una comunicación escrita divulgada por la prensa suiza PostFinance, afirmó que si bien, como banco suizo, no estaba directamente sujeto a la legislación estadounidense, sí participaba en operaciones de pago globales y dependía de una red de bancos corresponsales, así como del acceso a operaciones de pago en dólares de los EE.UU., por lo cual reconocía que el Derecho estadounidense tenía ‘‘en cierto modo’’ un efecto extraterritorial.
El 5 de septiembre de 2019 , el banco holandés Rabobank comunicó a la Embajada de Cuba en Países Bajos la terminación del contrato de la terminal PIN para el pago de los servicios consulares. Además, notificó la decisión de la compañía MASTERCARD, de no ofrecer en lo adelante ningún tipo de transacción mediante PIN a la Embajada. La justificación para estas medidas fue la necesidad de actuar en conformidad con las sanciones internacionales impuestas por la OFAC.
El 30 de septiembre de 2019 , se conoció que la empresa de mudanzas ALLIED PICKFORDS en Wellington, Nueva Zelanda, se negó a ofrecer sus servicios a dos funcionarios diplomáticos cubanos que se encontraban en término de misión. La entidad en Nueva Zelanda, cuya casa matriz radica en Illinois, alegó que debido a las regulaciones de los EE.UU. podía estar expuesta a sanciones.
El 25 de octubre de 2019 , la compañía WESTERN UNION CANADA hizo pública la decisión de limitar los montos de las remesas que pueden enviarse desde ese país hacia Cuba, en virtud de las medidas restrictivas anunciadas por el gobierno de los EE.UU.
El 25 de diciembre de 2019, la compañía internacional HYVE Group, con sede en Londres, se negó a contratar el stand cubano para la Feria Internacional de Turismo de Estambul, en la que nuestro país ha participado tradicionalmente durante años. La empresa, a cargo de todas las contrataciones y los stands de la feria, refirió que no podía brindar sus servicios debido a la escalada de sanciones globales y a la prohibición de realizar operaciones con Cuba, dado que la Isla está listada como país sancionado.
En diciembre de 2019 , se conoció que la sucursal del banco Travelex Bank en Sao Paulo decidió poner fin a todas las operaciones financieras con Cuba, debido a que su casa matriz en Londres le orientó cesar los vínculos con todos los países sujetos a sanciones de EE.UU.
El 16 de enero de 2020 , el Banco Euroasiático envió dos misivas a la embajada de Cuba en Kazajstán , en la que informa ro n la negativa de abrir una cuenta bancaria a la misión cubana en la moneda nacional kazaja . El banco argumentó que, dada la inclusión de Cuba en la lista de sancionados de la OFAC, existían riesgos de suspensión de pagos o bloqueos de fondos, y de suspensión de las relaciones entre el Banco Euroasiático y sus corresponsales estadounidenses.
El 13 de febrero de 2020 , se conoció que ciudadanos cubanos residentes en Canadá enfrentan limitaciones y dificultades para enviar remesas a sus familias en Cuba a través de la compañía de servicios financieros y de comunicación WESTERN UNION Canadá. Algunas de sus oficinas informaron que no harían más transferencias de dinero a Cuba, mientras otras aceptaron enviar remesas solo a familiares y limitadas a 300 dólares mensuales. Tales restricciones se corresponden con las medidas adoptadas por el gobierno de los EE.UU. en octubre de 2019.
La política de bloqueo económico, comercial y financiero genera el rechazo de varios sectores de la sociedad estadounidense y de numerosas personalidades y organizaciones dentro de ese país. R epresentantes de los sectores agrícola, cultural, académico y de negocios, no solo han reclamado el levantamiento de las sanciones contra Cuba, sino que han protagonizado importantes acciones de influencia en las ramas ejecutiva y legislativa para el cese de esta política.
A pesar del entramado de medidas diseñadas por el gobierno de los EE.UU. para afectar el desarrollo económico y social del pueblo cubano, muchos estadounidenses han realizado esfuerzos significativos para contribuir al mejoramiento de las relaciones bilaterales.
Han sido numerosas las solicitudes trasladadas al presidente de los EE.UU. para que, en uso de sus facultades ejecutivas, levante el bloqueo en el contexto del enfrentamiento a la pandemia de la COVID-19.
Algunos ejemplos de la oposición al bloqueo dentro de los EE.UU. en el período analizado, se exponen a continuación:
El texto fue firmado por los senadores Amy Klobuchar (demócrata por Minnesota); Elizabeth Warren (demócrata por Massachussets); Patrick Leahy (demócrata por Vermont); Chris Van Hollen (demócrata por Maryland); Tom Udall (demócrata por Nuevo México); Tammy Duckworth (demócrata por Illinois); Sheldon Whitehouse (demócrata por Rhode Island); Jack Reed (demócrata por Rhode Island); Ron Wyden (demócrata por Oregón); Jeanne Shaheen (demócrata por New Hampshire) y Chris Murphy (demócrata por Connecticut).
Durante el periodo analizado el rechazo de diversos actores del sistema internacional al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los EE.UU. contra Cuba se ha incrementado, a partir del marcado recrudecimiento de esta política y, en particular, de su componente extraterritorial, expresado, entre otras medidas, en la decisión de activar el Título III de la Ley Helms-Burton a partir de mayo de 2019.
En el contexto actual de la lucha contra la pandemia de la COVID-19 han sido numerosas las voces que en el mundo han condenado esta política, toda vez que su impacto resulta mucho más doloroso en esta situación de crisis sanitaria internacional.
A continuación, se relacionan algunos ejemplos que tipifican el rechazo de la comunidad internacional al bloqueo:
Luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declarase la COVID-19 como una pandemia global, el 11 de marzo de 2020 , numerosos actores del sistema internacional se han pronunciado contra el bloqueo y/o las medidas coercitivas unilaterales de manera general. Así lo evidencian los ejemplos relacionados a continuación:
Durante el periodo que aborda este informe, se multiplicaron los reclamos de poner fin a esta injusta política. Se registraron 256 acciones de las organizaciones de solidaridad con Cuba en 87 países. Se emitieron declaraciones, denuncias de parlamentos, líderes de opinión, ministros, entre otras personalidades que solicitan poner fin a las prohibiciones que obstaculizan el acceso de Cuba a recursos vitales para combatir la pandemia de la COVID-19, al menos durante la emergencia sanitaria.
El tema abordado en este informe tiene una importancia vital para el pueblo cubano, al estar directamente relacionado con el derecho a la vida, con la existencia misma de una nación. El bloqueo viola los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, entorpece el normal desarrollo de las relaciones internacionales y lesiona seriamente los legítimos intereses de muchos Estados, instituciones y personas en todo el mundo.
Entre abril de 2019 y marzo de 2020, el gobierno de los EE.UU. reforzó el bloqueo contra Cuba hasta alcanzar niveles de agresividad sin precedentes. En particular, la dimensión extraterritorial de esta política se ha intensificado brutalmente con la aplicación íntegra de la Ley Helms-Burton desde mayo de 2019. Esta legislación constituye una afrenta a los principios del Derecho Internacional y a las normas internacionales de comercio, en tanto dispone acciones de presión económica lesivas a la soberanía de Cuba y de terceros países. Otras medidas nocivas para la economía y el pueblo cubanos aplicadas en este período son: el incremento de la persecución de las transacciones financieras y comerciales de Cuba, el asedio para privar al país de los suministros de combustible, la prohibición de vuelos desde los EE.UU. a las provincias cubanas fuera de La Habana y la campaña de descrédito contra los programas de cooperación médica cubana.
El gobierno estadounidense se ha empleado con saña en sabotear la cooperación internacional que Cuba presta solidariamente en la esfera de la salud y que resulta mucho más necesaria en tiempos de emergencia sanitaria. Con una campaña de calumnias, políticos y funcionarios de EE.UU. atacan directamente un programa basado en las más genuinas concepciones de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur, que cuenta además con el reconocimiento de la comunidad internacional y disfruta del elogio de los máximos funcionarios de las Naciones Unidas y varios de sus organismos.
En el periodo analizado el bloqueo ha causado pérdidas a Cuba en el orden de los 5 mil 570.3 millones de dólares . Esto representa un incremento de alrededor de mil 226 millones de dólares con respecto al período anterior. Por primera vez, el monto total de las afectaciones ocasionadas por esta política rebasa la barrera de los cinco mil millones de dólares, lo cual ilustra hasta qué punto se ha intensificado el bloqueo en esta etapa. L as afectaciones calculadas no contemplan las acciones del gobierno de los EE.UU. en el contexto de la pandemia de la COVID-19, debido a que exceden el cierre del periodo analizado . Esta información será incluida en el informe que se presentará el próximo año.
A precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política alcanzan la cifra de 144 mil 413.4 millones de dólares . Tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de un billón 98 mil 8 millones de dólares.
Como se ha demostrado, el bloqueo constituye el principal obstáculo para el desarrollo económico y social de Cuba y para el bienestar de las cubanas y cubanos, así como para la implementación del PNDES y de la Agenda 2030 y sus ODS.
Los EE.UU. han ignorado, con arrogancia y desprecio, las 28 resoluciones adoptadas por la Asamblea General de la ONU que condenan el bloqueo, así como las numerosas voces que, dentro y fuera del territorio estadounidense, abogan por el fin de esta política.
En este contexto de especial complejidad, Cuba y su pueblo confían en continuar contando con el apoyo de la comunidad internacional en su legítimo reclamo de poner fin, de manera unilateral e incondicional a esta injusta política.
[1] Estas empresas son: Eli Lilly and Company; Varian Medical Systems; Radiology Oncology Systems Inc (ROS); General Electric International Inc (GE); Mercury Medical; Masimo; y Bayer.
[2] Autorizaciones que se intercambian con los bancos corresponsales, las cuales permiten filtrar y limitar la mensajería que se recibe y el tipo de mensaje que se envía (conocida por sus siglas en inglés como RMA).
[3] El comunicado fue suscrito por los siguientes expertos: Alena Douhan , Relatora Especial sobre la repercusión negativa de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos ; Saad Alfarargi, Relator Especial sobre el derecho al desarrollo; Catalina Devandas Aguilar , Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad; Agnès Callamard , Relatora Especial sobre ejecuciones arbitrarias, sumarias o extrajudiciales; Livingstone Sewanyana , Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo; . Obiora Okafor, Experto Independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional; Nils Melzer , Relator Especial cobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.
No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.
Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.
El bloqueo es inhumano. Cuba resiste !
El diario Granma propone a sus lectores compartir las historias de cómo se verán beneficiados por el nuevo Código de las familias
Juventud Rebelde | Trabajadores. | Cubadebate | ACN | Prensa Latina | Opciones | CubaSi | Cubahora | Cubaperiodistas | JIT
Bohemia | Mujeres | La Jiribilla | Alma Mater | Caimán Barbudo | Juventud Técnica | Pionero
TV Cubana | Radio Cubana | Radio Habana Cuba | Radio Progreso | Radio Rebelde | Radio Reloj | Radio Taino | Radio Musical Nacional
Partido Comunista de Cuba | Sitio oficial del Gobierno de la República de Cuba | Ministerio de Relaciones Exteriores | Aduana